EN QUE CONSISTE LA
PRESTACIÓN DE ESTE SERVICIO?
Una de las
especialidades de nuestro despacho es la recuperación
vía extrajudicial o judicial de carteras vencidas o
créditos, cuentas o adeudos que no han sido pagados
por los deudores a sus acreedores. Estos adeudos
pueden tener diversos orígenes ya sea con motivo de un
préstamo en dinero de una persona física o moral a
otra, o bien, si se trata de actos de comercio, ya
sea porque uno de los comerciantes involucrados en la
transacción comercial, no pagó la mercancía o los
servicios que contrató o adquirió de su proveedor.
En éste supuesto,
que es lo que puede hacer el acreedor para obtener el
pago de las cantidades adeudadas?
Sucede que en
muchas ocasiones el acreedor ya hizo de su parte,
todas las gestiones de cobranzas pertinentes sin
obtener ningún resultado y el tiempo sigue
transcurriendo sin recuperar su dinero, Es entonces,
que deberá pensar en contratar los servicios de un
abogado especializado en ésta materia, a fin de que
éste efectúe la labor de cobranza con los deudores
morosos y éstos reaccionen ante la amenaza de una
demanda judicial que implicaría para el deudor, la
contratación a su vez, de los servicios de un abogado
que lo asesore en su defensa legal, ya que se verá
inmiscuido en un juicio que implicará un desgaste
económico de repercusiones inciertas que se agregará
adicionalmente, al monto de la deuda que con todos sus
accesorios, tarde o temprano tendrá que pagar al
acreedor, si es que el juez de la causa así lo
determina y, por tanto lo condena a dicho pago.
Como puede el
acreedor asegurarse de que el deudor cumplirá con su
obligación de pago?
Una vez que ambas
partes, en una relación contractual, ya sea
compraventa, préstamo, prestación de servicios, se han
puesto de acuerdo en cuanto al precio y entrega de
producto, o la prestación del servicios, lo más
aconsejable es que se firme un contrato privado o
notarial en el cual deberá constar el tipo de
transacción a realizar, el precio, el plazo y la
forma en que se cumplirán las obligaciones a cargo de
cada una de las partes. Sin embargo cuando esto no es
posible, lo más aconsejable es que si una de las
partes en la operación, se compromete a pagar una suma
de dinero, en virtud de un préstamo, compra de un
producto o la prestación de un servicio, garantice el
cumplimiento de la obligación de pago a su cargo,
mediante garantía hipotecaria o prendaria, si esto
no es posible, mediante documentos que se puedan
ejecutar de inmediato legalmente, tales como, pagarés,
cheques o convenio celebrado ante Notario Público.
FORMA DE TRABAJAR
DEL BUFETE JURÍDICO LOMELI & CARRANZA ABOGADOS, EN
MATERIA DE RECUPERACIÓN DE CARTERA VENCIDA.
1.-El Bufete
Jurídico Lomelí & Carranza en éste rubro, trabaja de
la siguiente manera:
A) Una
vez que se ha turnado una cuenta por cobrar por
nuestros clientes ya sea persona física o empresa a
éste despacho, se procede a hacer una evaluación de la
documentación con que se cuenta, ya sea títulos
ejecutivos, como cheques, pagarés, facturas o
contra-recibos a fin de determinar el tipo de demanda
que se deberá promover ante los tribunales
competentes.
B) Paralelamente
se inician gestiones extrajudiciales por parte de
nuestro Bufete Jurídico, fuera de juicio a fin de
requerir al deudor el pago, ubicar su domicilio actual
y buscar en el Registro Público de la Propiedad,
bienes a su nombre a fin de que con los mismos se
garantice el pago del adeudo.
C) Si
durante la realización de éstas gestiones
extrajudiciales, se logra contactar al deudor, se
llega a una negociación con el mismo en cuanto al
pago del adeudo y, ésta es conveniente para nuestro
cliente y el mismo autoriza los términos de dicha
negociación, es innecesario iniciar una demanda y por
tanto una vez que el deudor paga a nuestro cliente, y
se cubren nuestros honorarios, nuestra intervención
como despacho jurídico, se da por concluida.
D) Si
a pesar de las nuestras gestiones extrajudiciales, el
deudor se rehusa por diversos motivos a efectuar el
pago, se presenta de inmediato la demanda judicial que
corresponda en su contra a fin de obtener por ésta vía
el pago de las sumas adeudadas a nuestro cliente.
E) El
monto de honorarios que normalmente cobra nuestro
Bufete Jurídico por recuperación de carteras vencidas
ya sea que dicha recuperación se obtenga vía judicial
o extrajudicial, asciende a un porcentaje equivalente
al 20% sobre el monto de la totalidad de la cantidades
que se recuperen, que por lo regular, son suerte
principal más intereses generados hasta la fecha en
que se efectúe el pago. Si se tiene que promover una
demanda judicial los gastos de trámite como
notificaciones, copias certificadas, pruebas
periciales corren a cargo del cliente, sin, embargo
como Bufete Jurídico siempre tratamos de que sean los
gastos mínimos posibles para nuestro cliente.*el
porcentaje de honorarios disminuye en cuentas
mayores de $500,000.00 y se incrementa en cuentas
menores de $100,000.00
Infoblog (acceso las
24 horas de todos los días del año al estatus de asuntos)
La nueva tecnología a su servicio.
Mediante el infoblog le mantendremos informado de los
avances de sus juicios o procedimiento y es interactivo,
ya que al ser restringido unicamente para ser accesado por
nuestros clientes y quienes ellos nos indiquen, podrán
hacer comentarios a sus asuntos, preguntas, sugerencias o
cualquier tipo de señalamiento al respecto. Un servicio
exclusivo para nuestros clientes.
Oprima Aquí
para ingresar a una muestra de esta aplicación. (En la
parte inferior derecha accesa anotando usuario "prueba" y
password "legalmente")*temporalmente
desactivado este servicio ya que estamos actualizando
nuestro sistema de información de avance de asuntos a un
ambiente mas amigable en beneficio a nuestros clientes.
Nuestro bufete jurídico maneja
en materia de recuperación de carteras vencidas, otras
opciones de pago de honorarios. Si es de su interés,
póngase en contacto vía correo electrónico con
nosotros y con gusto le informaremos.Consultas gratuitas en
línea
Nuestra vida, la de los seres
humanos, se encuentra regulada por el derecho desde que
fuimos concebidos, es decir desde antes del nacimiento.
Todos somos sujetos de obligaciones y derechos y como
tales, siempre surgen situaciones y que en el caso de ser
en relación a la ley, al derecho, a la legalidad, a la
licitud o ilicitud, la seguridad jurídica, a los delitos, a
la violación de los derechos humanos, a los derechos de
las personas con capacidades diferentes, en sí de
cualquier situación de esa índole, a partir de dichas
situaciones surgen dudas para saber como actuar LEGALMENTE
y por eso, nuestro bufete jurídico LOMELÍ & CARRANZA
concientes de que existe una parte en nuestra profesión
mediante la cual tenemos que hacer una labor social para
auxiliar en esas dudas a cualquier miembro de nuestra
sociedad ya sea en México o en cualquier país del mundo,
hemos abierto dos cauces para brindar un apoyo jurídico
gratuito mediante la contestación a las consultas que nos
sean enviadas mediante el formulario que a continuación se
encuentra, asesoría que se brinda incondicionalmente y en
apoyo a la sociedad, con la conciencia de que en caso de
petición del consultante, podremos llevar a cabo el
patrocinio que sea necesario hasta obtener los resultados
que requiera, mediante procedimientos judiciales o
administrativos, (juicios) ante las autoridades que sean
las competentes para resolver, cobrando honorarios
jurídicos acordes con la importancia o valor del juicio.